TRATADO DE RECONOCIMIENTO Y AMISTAD MUTUO ENTRE LA REPÚBLICA POPULAR DE AZTLÁN Y EL REINO DE SENARA
Los Estados firmantes de este tratado, a través de sus respectivos mediadores y en prueba de buena voluntad mutua, formalmente acuerdan y anuncian:
Uno.- Que ambas naciones se reconocen mutuamente como naciones de existencia independiente y soberana.
Dos.- Que ambas naciones, dentro del ámbito micro nacional, reconocen y respetan los territorios y soberanías de ambas naciones.
Tres.- Que ambas naciones, siguiendo el espíritu que las ha llevado a firmar este tratado expresan, mediante el mismo, su voluntad de continuar los contactos diplomáticos en aras de la mejora de sus relaciones micro internacionales y de las posibilidades que ello pudiese tener para sus respectivos ciudadanos.
Cuatro.- Que ambas naciones, en muestra de buena voluntad harán pública la firma de este tratado para conocimiento de sus ciudadanos.
Cinco.- Que ambas naciones, a muestra de proseguir con sus relaciones se procederá a la apertura de embajadas en las capitales de ambas naciones.
El presente tratado se firma a fecha de 7 de abril de 2010.
Firmas:
Por la República Popular de Aztlán:
Vicente Cárdenas, Secretario General de la R. P. de Aztlán.
Por el Reino de Senara:
Su Majestad el Rey José I de Senara.
Reino Parlamentario de Senara
Ministerio de Asuntos Exteriores